miércoles, enero 2

Tenderos se beneneficiarán del Derecho de Autor

Siete proyectos de ley y cuatro proyectos de reforma constitucional aprobó la Comisión Primera del Senado durante el periodo legislativo que culminó el pasado 16 de diciembre.
La reforma política y la participación igualitaria de la mujer en las listas de los partidos, fueron las modificaciones a la carta política que fueron aprobados por esta comisión y que pasan a la segunda vuelta.
Igualmente, se aprobó otros dos proyectos de actos legislativos, son estos: la reelección inmediata de Gobernadores y Alcaldes y la inscripción automática en carrera administrativa de los servidores públicos provisionales con cinco años y más de permanencia en el cargo. Estas dos iniciativas congresionales no alcanzaron a terminar su trámite en primera vuelta.
En cuanto a los proyectos de ley aprobados, se encuentran el que expide normas sobre fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y uso de pólvora de la senadora Gina Parody.
Así mismo, se aprobó el proyecto que modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982, que propone exonerar del pago de derechos de autor a los tenderos, peluqueros, sastres, modistas, zapateros, entre otros, que no se lucran con el uso de la música, la radio o la televisión en sus pequeños establecimientos. Esta iniciativa presentada por el senador Luis Fernando Velasco también fue aprobada en la plenaria de Senado y sigue su trámite en la Cámara de Representantes.
También se aprobó el proyecto de origen gubernamental que reforma el Código de Procedimiento Civil, que busca combatir la negligencia procesal de algunos profesionales del derecho y la congestión de los despachos judiciales.
Igualmente fue aprobado la iniciativa gubernamental que eleva a faltas gravísimas algunas conductas cometidas por servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación.
Igualmente esta célula congresional dio luz verde al Código de Ética de los técnicos electricistas y a la iniciativa que eleva a faltas gravísimas algunas conductas, así como al proyecto que dicta medidas de protección a las victimas de violaciones perpetradas por grupos armados al margen de la Ley.
Fueron archivados dos Proyectos de Ley, uno relativo a la participación de las mujeres en los niveles decisorios de la administración y su participación política, así como el relacionado con el régimen del conflicto de Intereses del Reglamento Interno del Congreso.
En esta célula legislativa fueron radicados 60 proyectos, de los cuales 14 son actos legislativos y 46 proyectos de ley.
De las 14 iniciativas de reforma constitucional, 11 fueron radicados por los congresistas, 2 presentados por el gobierno y 1 iniciativa de origen popular. Cuatro actos legislativos fueron aprobados en primera vuelta y dos archivados.
En cuanto a las reuniones realizadas, se llevaron a cabo 25 sesiones ordinarias, una conjunta y dos audiencias públicas sobre concierto para delinquir y víctimas contra la violencia.

Aprobada creación de la sociedad por acciones simplificada
Con ponencia favorable para segundo debate del senador Antonio Guerra de la Espriella, la plenaria del Senado aprobó un proyecto que busca introducir una nueva forma de asociación denominada sociedad por acciones simplificada.
Este proyecto busca otorgar herramientas jurídicas en el campo del Derecho Societario que faciliten el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, entre ellas, aquellas que se denominan empresas de familia, como motor para impulsar el crecimiento económico y el bienestar social.
La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes, su naturaleza siempre será comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social, y las acciones y los demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.
Según el senador ponente, con la aprobación de este proyecto el Congreso de la República estará otorgando una importante herramienta a los ciudadanos quienes tendrán a mano una interesante opción en el camino de la competitividad.
Esta iniciativa pasa a estudio de la Cámara de Representantes, para culminar sus dos últimos debates reglamentarios, antes de convertirse en ley de la república.

Sí a Fondo de Coofinanciación para mantenimiento de vías terciarias Con el fin de buscar el desarrollo físico y social de los departamentos y municipios, la plenaria del Senado aprobó la creación de un Fondo de Coofinanciación para el mantenimiento y recuperación de la Red Vial Terciaría.
Dicho proyecto es iniciativa del senador Alirio Villamizar y la ponencia del congresista Efraín Torrado García.
Estos dineros provienen de los presupuestos nacional, departamental, municipal o distrital, del 10% de las regalías y de recursos de la sobretasa a la gasolina y se beneficiarán departamentos municipios y distritos sin atender a su categorización.
Con ello se busca responsabilizar a los administradores sobre la construcción, mantenimiento y adecuación de la red vial terciaria existente en el respectivo Departamento, Municipio y Distrito.


Un millón 300 mil pensionados se beneficiarán La iniciativa presentada por la senadora Dilian Francisca que pretende darle estabilidad laboral a más de 120 mil servidores públicos, aprobado por la Comisión Séptima quedó para su último debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.
De acuerdo con esta iniciativa, los provisionales que hayan sido vinculados antes del 23 de septiembre de 2004, podrían permanecer en sus cargos.
Al convertirse en ley de la República, el proyecto gubernamental que modifica las leyes 100 y 797 de 2003, se estará a beneficiando aproximadamente a más de un millón trescientos mil pensionados que hoy cotizan el 12,5% como aporte a la salud, rebajándose al 12% de su mesada pensional.
Esta iniciativa también estableció que los independientes que devenguen ingresos mensuales hasta de un salario mínimo legal, estarán obligados a cotizar en pensión como condición para que se les reciba el aporte de cotización en salud.
Así mismo, fue aprobado por esta comisión el proyecto del senador Jesús Bernal Amorocho, que reglamenta la carrera administrativa especial en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
De igual manera, la iniciativa que regula las prácticas del tatuaje y perforación body piercing presentado por el senador Jorge Eliecer Ballesteros.
En cuanto al ejercicio de control político, los congresistas adelantaron debates sobre la posible liquidación de la EPS del Seguro Social, debate que aún no ha concluido.
Así mismo realizó debates sobre el manejo de la información de las bases de datos del Fondo de Solidaridad y Garantías, FOSYGA.
En lo referente al informe trimestral que debe rendir la Comisión Nacional del Servicio Civil, la comisión ha mantenido un estricto control, según lo estipulado en el artículo 12 de la ley 1033 de 2006.
De los 49 proyectos que llegaron para el estudio de esta célula legislativa, 45 son de origen congresional, 37 iniciativas fueron radicadas en el Senado y 12 hacen de tránsito de la Cámara de Representantes.

Más recursos para educación
A través del Ministerio de Educación, el Gobierno nacional entregará recursos para subsidios y créditos a la demanda educativa, para las familias pertenecientes al Sisbén 1 y 2, según una iniciativa que fue aprobada en la plenaria de la Corporación y que pasa a estudio de la Cámara de representantes.

La iniciativa que contó con ponencia favorable para segundo debate del senador Carlos Julio González, consigna que estos recursos serán destinados al pago de las matrículas, pensiones, uniformes, material didáctico, textos escolares, cuadernos, transporte y alimentación.
Estos recursos les será entregados a aquellos estudiantes que adelanten el proceso de formación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, en coordinación con la Red de Solidaridad Social, la Agencia de Cooperación Internacional, ACCI y el Programa `Familias en Acción,
A partir del próximo 16 de marzo, la Cámara de Representantes abordará esta iniciativa en sus dos últimos debates, antes de que se convierta en ley de la República.

PARTICULARES NO PODRÁN RECAUDAR IMPUESTOS
En un intenso debate que se llevo a cabo hoy en la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, fue aprobado en todo su articulado el Proyecto de Ley No 105 de 2007.
Respecto al propósito de este Proyecto, el Representante Santiago Castro Gómez, quien fue autor y ponente explicó que este proyecto pretende evitar que los entes territoriales entreguen en concesión la administración de sus tributos a particulares, vulnerando competencias que le son propias e indelegables, y dejando expuesta la información del contribuyente.
“Es preocupante que un buen número de entidades territoriales han contratado por espacio de quince años o mas, el recaudo de tributos, remunerándolos a estos particulares con unos porcentajes sobre los mismos, que se descuentan directamente del recaudo, afectando así las finanzas municipales. Pero aun, aducen razones de eficiencia en estos contratos cuando lo que se ve en ciudades como Bogotá D.C. y Medellín es que no se necesitan de este tipo de concesiones leoninas para lograr un buen comportamiento del recaudo. “
Es clara entonces la intención de este proyecto que pretende recuperar la transparencia en el manejo de los recursos tributarios de los entes territoriales, y funciones que le son propias y otorgadas de manera indelegable por la Constitución.

APROBADA LA CUOTA DE COMPENSACIÓN MILITAR
La plenaria de la Cámara aprobó en penúltimo debate el proyecto de ley que regula la cuota de compensación militar, declarada inexequible por la Corte Constitucional el pasado 14 de agosto del 2007.
El costo de la libreta militar, que en opinión del gobierno no es gravamen, tributo o impuesto nuevo, es una contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual que se debe pagar al Tesoro Nacional por parte de todos aquellos colombianos clasificados, que por una u otra razón no ingresan a filas.
Los jóvenes que mediante certificado expedido por autoridad competente demuestren pertenecer a los niveles 1, 2 y 3 del Sisbén, aproximadamente 300 mil, quedarán exonerados de dicho pago.
Para los estratos 4, 5 y 6, la base gravable para la liquidación de la compensación militar se hará con respecto al patrimonio líquido familiar, descontando las deudas que dicho grupo pueda tener.
En el evento en que el inscrito al momento de ser clasificado sea mayor de 25 años y no ingrese a filas, la base gravable para la liquidación de su contribución ciudadana, especial y pecuniaria, estará constituida por el total de los ingresos mensuales y el patrimonio líquido del interesado, existentes hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la fecha en que se efectúa la clasificación, de acuerdo con un nuevo artículo que logró incluir el representante Carlos Alberto Zuluaga.
El plazo otorgado por la autoridad militar para realizar el pago se amplia a 90 días, actualmente son 30, y para su cancelación se puede utilizar cualquier medio previsto en la ley, entre ellos, acceder a líneas de crédito.
Los recursos que se recauden por este concepto, aproximadamente 70 mil millones de pesos, serán utilizados en programas de vivienda, salud y educación, parta el personal que si paga el servicio militar. Los dineros no se utilizarán para pago de recompensas, aclararon sus ponentes.
La cuota de compensación militar también se reducirá proporcionalmente por cada hijo dependiente del núcleo familiar o de quien dependa económicamente el inscrito clasificado que no ingrese a filas, sin importar su condición de hombre o mujer. Ésta reducción se aplicará hasta un máximo de tres hijos.

LA LEY DEL TEATRO ES UNA REALIDAD LEY 1170
Luego de 5 años de trámite en el Congreso de la Republica, la Ley del Teatro fue sancionada por el Gobierno Nacional.
Esta ha sido una de las iniciativas legislativas más polémicas de los últimos años, tuvo que pasar por 8 votaciones en el congreso y por la revisión Corte Consticional en 2 ocasiones, hasta que finalmente esta ultima emitió su concepto favorable en el mes de octubre mediante sentencia C-830/07 en la cual la corte concluyó que el trámite de discusión y aprobación del texto rehecho había cumplido con los requisitos constitucionales. Con base en esta decisión El día 7 de diciembre fue sancionada la Ley No. 1170 “Por medio de la cual se expide la ley del teatro colombiano y se dictan otras disposiciones”
Sin duda este es un gran logro, para las casi 700.000 organizaciones teatrales de nuestro país que reciben la Ley del Teatro como un regalo anticipado de navidad, como un acto de justicia social, de exaltación al arte y la cultura y símbolo de paz.
Como autor y ponente de la Ley del Teatro me siento muy satisfecho de haber contribuido para que el teatro, las artes escénicas de nuestro país y las personas que conforman este medio cuenten con una herramienta legal y constitucional para su reconocimiento, y un mayor espacio para su desarrollo, creación y difusión.
Ahora, nuestra siguiente meta es trabajar por el reconocimiento de otras expresiones artísticas y culturales como la danza, la música, la literatura, y las artes plásticas; al igual que por el fondo del teatro y la ratificación de la coalición de la diversidad cultural.

CASTIGO AL “PASEO MILLONARIO” COMO SECUESTRO EXTORSIVO

El representante a la Cámara Roy Barreras, autor de la iniciativa que castiga el llamado “paseo millonario o secuestro express” con penas entre 25 y 40 años de prisión, celebró hoy que la Plenaria de la Cámara haya aprobado esta importante iniciativa.
Explicó que “a pesar de que son miles las víctimas del “paseo millonario” que toman un taxi y son atracadas o que son víctimas de escopolamina y son reducidas por la violencia a bordo de su propio vehículo -lo que se constituye claramente en una retención contra la voluntad de la víctima-, muchos jueces hasta ahora castigaban con penas más suaves este delito en categoría de hurto agravado”.
“Ahora con este proyecto se hará justicia al determinar que el ”paseo millonario” es un secuestro extorsivo y como tal será castigado”, recalcó Roy Barreras.
El congresista recordó que cada vez son más las víctimas. Por esta razón insistió, en que “los delincuentes en las calles deben saber que quien de ahora en adelante retenga a una víctima a cambio de dinero y en contra de su voluntad en un vehículo, en un cajero, o en su propia casa, corre el riesgo de ser castigado con 40 años de cárcel”.

NOTICIAS DEL CONGRESO

Aumenta producción de Tutelas

El Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Magistrado Hernando Torres Corredor reveló que la producción de los Jueces de la República se ha incrementado veinte veces al ser tramitadas y falladas 1.776.160 Acciones de Tutela en los 15 años de vida jurídica de dicha figura.
El Magistrado Torres Corredor se refirió así al acceso a la administración de justicia y dijo “Que el Consejo Superior de la Judicatura tiene como presupuesto hacerla universal”.
“El acceso material a la administración de justicia pretende que las personas puedan realmente lograr su aplicación al caso concreto. Para ello, es necesario superar las barreras geográficas, económicas o culturales. Igualmente, facilitar el ejercicio de los derechos fundamentales, cuya garantía está depositada en la universalización de las competencias otorgadas a los jueces”, agregó el Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
Dijo que es importante la especialización del trabajo de los jueces, válida a efectos de disminuir los tiempos y los costos para la decisión de los casos, desde el paradigma de racionalidad en la producción moderna, tiene ante sí una nueva visión que permite que los jueces puedan adoptar decisiones, de cara a los derechos fundamentales, haciéndolos más universales y fortaleciendo su rol en la sociedad. Ello facilita la complementariedad entre la especialización y la universalidad.
Torres Corredor indicó que las cifras sobre la utilización de la tutela reflejan la importancia de esta acción para hacer real el acceso. En 1992 se reportaban 10.732 fallos, frente a 287.404 proyectados para el año 2007, lo que representa 20 veces la producción del primer año. En los 15 años de vida de la tutela se han atendido 1.766.160 casos.

Alzas en tarifas notariales

La Superintendencia de Notariado y Registro, adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, autorizó el incremento en las tarifas notariales en un 4 por ciento, a partir del primero de enero del 2008, de acuerdo con la meta de inflación para el próximo año, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República.
Así lo indicó Lida Salazar, Superintendente de Notariado y Registro.
La decisión está consignada en la Resolución 8850 del 18 de diciembre de 2007 y se basa en la obligación legal que tiene este despacho de regular anualmente los valores de estos servicios.
A partir del próximo año, algunos de los costos notariales serán las siguientes:
Servicio Notarial Año 2007 Año 2008
Autenticación de Firma $ 1.080 $ 1.120
Presentación Personal y Reconocimiento de Documento Privado $ 1.080 $ 1.120
Declaración Extraproceso $ 8.380 $ 8.710
Constancias Escrituras Públicas $ 4.190 $ 4.360
Matrimonio Civil en el despacho $ 27.250 $ 28.340
Matrimonio Civil fuera del despacho $ 73.410 $ 76.350
Constancia de Escrituras Públicas $ 4.190 $ 4.360
Declaraciones Extraproceso $ 8.380 $ 8.710
Copias de los archivos $ 1.780 $ 1.850
Apertura de Testamento Cerrado $ 25.210 $ 26.120
Divorcio $ 38.110 $ 39.630
Constitución de Patrimonio de Familia inembargable voluntario $ 38.110 $ 39.630
Cambio de nombre $ 27.250 $ 28.430
Expedición de copias del registro civil Gratuita Gratuita
Cambio de Razón Social $ 38.110 $ 39.630
Escisión de sociedades $ 38.110 $ 39.630
La Resoluciónde tarifas deberá ser fijada en un lugar visible al público y a estos valores hay que sumarles el IVA.

Personas naturales a declarar renta

Los contribuyentes clasificados como personas naturales deberán comenzar a declarar impuesto de renta en el mes de junio de 2008, informó este martes la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
De acuerdo con la entidad, la tarifa que se debe aplicar en este tributo para personas naturales, correspondiente al año gravable 2007, el cual se declara y paga en 2008, disminuyó a 34 por ciento luego que la reforma tributaria eliminará la sobretasa del 10 por ciento y un punto porcentual de la tarifa, en diciembre de 2006.
Con la Ley 1111 el Gobierno Nacional también fijó los topes para declarar en Unidades de Valor Tributario (UVT), los cuales corresponden a información relacionada con patrimonio, ingresos, compras con tarjeta de crédito o en efectivo, y consignaciones bancarias que se hayan efectuado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.
Estos valores se establecen para los asalariados, contribuyentes de menores ingresos y trabajadores independientes, los cuales deberán declarar de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula, iniciando el 3 de junio para los terminados entre 96 y 00, y finalizando el primero de julio con los dígitos 01 al 05.
Los colombianos podrán emplear como deducible de la base gravable de tributación del impuesto de renta el 25 por ciento del valor cancelado por concepto del gravamen a los movimientos financieros o 4X1.000, entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2007. Para ello los bancos deberán expedir una certificación en la que conste el 100 por ciento del valor pagado.
Las personas que cuenten con el mecanismo de firma con certificado digital podrán declarar e imprimir su recibo oficial de pago a través de los sistemas informáticos electrónicos del Muisca, ingresando a la página web de la Dian www.dian.gov.co.
Quienes no cuenten con este mecanismo, deberán comprar el formulario en los puntos de venta determinados por la Dian, diligenciarlo y pagar el impuesto a cargo en cualquiera de los bancos determinados para cumplir con esta obligación.
La Dian recordó que quienes pasen por alto esta obligación y no declaren, y además sean identificados como omisos, estarán sujetos a una sanción del 20 por ciento del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos que hayan tenido en 2007, o del 20 por ciento de los ingresos brutos, más altos, identificados en las declaraciones ya presentadas.

Alcaldes a responder por el Agua Potable

El 65 por ciento de los municipios colombianos no tienen servicio de agua potable, según la Defensoría.
Para 670 nuevos alcaldes su posesión el próximo primero de enero no será muy grata, porque a partir de ese momento tendrán 18 meses para asegurar la prestación del servicio.
Los cálculos de la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia de Servicios Públicos es que un 65 por ciento de los municipios del país, no suministra agua apta para el consumo humano. Eso, en otras palabras, quiere decir que unos 12 millones de colombianos no tienen agua potable.
Todo esto, pese a que entre 1996 y el 2003 se destinaron 11,7 billones de pesos para invertir en acueductos, alcantarillados y servicios de aseo, lo que deja entrever que gran parte de estos recursos se desviaron para otra clase de obras.
De hecho, cálculos de Planeación Nacional indican que 7 de cada 10 municipios han invertido en otros rubros los recursos que inicialmente estaban destinados para la distribución de agua.
Para evitar que esto vuelva a ocurrir, el Congreso y el Gobierno impulsaron la Ley de Reglamentación de las Transferencias que incluye un proceso de certificación y descertificación para los municipios que han despilfarrado los recursos que debieron invertirse en suministrarles agua a los colombianos.
Esta reforma, en palabras de la viceministra de Agua, Leyla Rojas, podría afectar a 670 municipios que no han cumplido con el mandato de la Ley de Servicios Públicos, de darles agua potable a sus habitantes.
"Si los recursos se hubieran invertido correctamente, hoy tendríamos un 100 por ciento de cobertura en acueductos y un 95 por ciento en alcantarillado. Hoy, lo que tenemos es 83 por ciento en acueducto, y 73 por ciento en alcantarillado", dice Rojas.
En Colombia, hay municipios como Carmen de Bolívar, y Quibdó, donde la continuidad en el servicio de agua puede ser de cuatro y tres horas, respectivamente.
En otros, como Tumaco, que tiene 86.000 habitantes, el suministro de agua es de tan solo de 6 horas al día.
Las sanciones
¿Qué les pasará a los alcaldes que no cumplan con el plazo de 18 meses que les acaba de fijar esta ley? Muy simple: sus recursos de transferencias serán entregados al departamento para que sean administrados.
Solo para el próximo año, el Gobierno piensa destinar 980 mil millones de pesos en transferencias para agua potable.
Adicionalmente, perderán la facultad para operar el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo. Así que, muchos de los nuevos alcaldes no tendrán tiempo de celebrar, porque ya el Gobierno y el Congreso les asignaron una primera y urgente tarea.
Tres preguntas a la Viceministra del agua, Leyla Rojas, sobre la nueva Ley
1. ¿Por qué se creó este proceso de certificación y descertificación?
Porque 13 años después de que la Ley 142 de Servicios Públicos les asignó una serie de obligaciones, entre ellas, las de asegurar la prestación del servicio de agua, unos 670 municipios no tienen agua potable. Eso tiene que cambiar lo antes posible.
2. ¿Qué deben hacer para no ser descertificados?
Primero, destinar los recursos de agua potable, en agua potable. Segundo, crear un fondo de solidaridad y redistribución de ingresos y tercero, crear empresas especializadas en servicios públicos con una contabilidad separada de la Alcaldía.
3. ¿Qué les pasará a los que no cumplan con esta disposición?
Dos cosas: el Gobierno dejará de enviarles transferencias y perderán la competencia para ser los administradores de acueducto y alcantarillado. A los que no se les pueda imputar responsabilidad, se les dará un año más de plazo.
JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ
REDACTOR DE EL TIEMPO