La trabajadora sexual contó que tres hombres provocaron una pelea y uno de ellos la violó.
Johnnis Espinosa Pérez, el condenado, había apelado el fallo de primera instancia aduciendo que la mujer, por su oficio, estaba preparada para rechazar un acto violento.
Espinosa pedía que se revocara la condena que le impuso el primer juez del caso y que fue avalada después por el Tribunal Superior de Bogotá. Alegaba que el testimonio de la trabajadora sexual no se ajustó a la verdad.
El hecho ocurrió hace dos años en el bar Tentaciones, ubicado en el sector de Kennedy, en el sur de Bogotá. Según dijo la mujer a las autoridades, Espinosa y dos hombres más que lo acompañaban provocaron una riña y en medio de la trifulca fue golpeada y violada.
La Policía capturó a los tres hombres, pero solo Espinosa fue condenado luego de ser señalado, incluso por sus mismos compañeros, como el autor de la violación.
"Que la víctima haya o no mentido en su testimonio no es un aspecto que se determine exclusivamente por su oficio o su condición social, cultural religiosa o política", dice la sentencia, cuya ponencia fue del magistrado Jorge Luis Quintero Milanés.
Según el condenado, la trabajadora sexual tuvo que haber consentido las relaciones sexuales, pues por su oficio y el ambiente en el que vive debía estar preparada para rechazar cualquier acto violento en su contra.
"Según las reglas de la experiencia -dijo el abogado de Espinosa-, una persona que se ha forjado en ese medio social no se caracteriza por la prudencia y las buenas maneras".
La Corte desechó el reclamo y le dio validez al testimonio de la mujer. Los jueces no solo evaluaron el testimonio de ella, también tuvieron en cuenta cuatro dictámenes Medicina Legal y la versión del subintendente de la Policía que atendió el caso. Lo que se busca, dijo la Corte, es proteger la libertad sexual y la dignidad.
Tierra y Justicia - El Tiempo
sábado, septiembre 20
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